¿Qué se publicó y cuándo entra en vigor?
El martes 3 de marzo de 2026, en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), se publicó el decreto por el que se reforman las fracciones IV y XI del Apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de jornada laboral. El decreto entró en vigor ese mismo día.
Puedes consultar la publicación oficial directamente en el DOF: dof.gob.mx.
Actualización: la legislación secundaria ya se publicó
El decreto de marzo daba un plazo de 90 días al Congreso de la Unión para reformar la legislación secundaria. Ese plazo se cumplió: el 1 de mayo de 2026 el DOF publicó la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT), ya en vigor, que precisa cómo operan la reducción de jornada, las horas extra, el descanso y un nuevo registro obligatorio de asistencia. A continuación el detalle, artículo por artículo.
De 48 a 40 horas semanales: una reducción gradual
es el año en que la jornada laboral máxima llegará a 40 horas semanales, al cierre de un proceso de reducción progresiva que arrancó en 2026.
La reforma no cambia la jornada de golpe: durante 2026 se mantiene en 48 horas semanales y a partir de ahí disminuye cada año, conforme al siguiente calendario del artículo 59 de la LFT y sus transitorios:
48 horas semanales
46 horas semanales
44 horas semanales
42 horas semanales
40 horas semanales
Horas extraordinarias: un tope que también sube de forma gradual
A diferencia de lo que se manejó al inicio, el tope semanal de horas extraordinarias del artículo 66 no es un número fijo: crece cada año, distribuible en un máximo de 4 horas diarias durante hasta 4 días a la semana.
9 horas semanales
10 horas semanales
11 horas semanales
12 horas semanales
Así se calcula una hora extra
El artículo 68 establece que las horas extra dentro del tope semanal se pagan al 100% más del salario de la hora ordinaria; el excedente —solo en casos excepcionales— se paga al 200% más. Un ejemplo con un sueldo mensual de $12,000 en 2026:
Salario diario (sueldo mensual ÷ 30)
Jornada diaria en 2026 (48 h ÷ 6 días)
Valor de la hora ordinaria ($400 ÷ 8 h)
Hora extra al 100% más ($50 × 2)
Si esta persona trabaja 5 horas extra en la semana —dentro del tope de 9 horas vigente en 2026—, recibiría $500 adicionales. Si excepcionalmente rebasara el tope, esas horas de más se pagarían al 200% más: $150 por hora.
Un día de descanso obligatorio
El artículo 69 establece que, por cada seis días de trabajo, la persona trabajadora tiene derecho a por lo menos un día de descanso con goce de salario íntegro.
Registro electrónico de asistencia: nueva obligación
es la multa prevista en el artículo 994, fracción IV Bis de la LFT para quien incumpla la nueva obligación de registrar la jornada de su personal.
La reforma añade la fracción XXXIV al artículo 132: toda persona empleadora debe registrar de manera electrónica el horario de inicio y fin de la jornada de cada trabajador, y tenerlo disponible para la autoridad cuando lo requiera. Este registro, acordado entre empleador y trabajador, tiene pleno valor probatorio en caso de un conflicto laboral.
Esta obligación entra en vigor el 1 de enero de 2027. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) emitirá las disposiciones que determinen su ámbito de aplicación y las excepciones.
¿Qué sigue para tu empresa?
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